• Si usted se traslada por un mes o menos, es decir su emigración es, tendrá derecho a las atenciones de urgencias y servicios posteriores derivados de esta.
  • Si se traslada por más de un mes y menos de un año, es decir su emigración es temporal, mutualser le asignará una institución prestadora de salud donde recibirá todos los servicios requeridos e incluidos en el plan de beneficios en salud.
  • Si usted se va a vivir a otra ciudad o municipio por más de 12 meses o de manera definitiva, deberá solicitar un traslado a una eps que opere en este nuevo municipio. También puede solicitar una prórroga para recibir atención con mutualser por un año más.